Sucesión: transmisión de bóvedas, nichos o sepulturas.


Las tierras que constituyen el Cementerio de esta ciudad pertenecen al dominio público y no pueden enajenarlas los particulares que tengan su concesión. En consecuencia, por estar fuera del comercio no tienen valuación fiscal, pero nada obsta a que su valor económico pueda determinarse de modo alternativo.

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