La Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación de La Plata, integrada por los Doctores Jaime Oscar López Muro y Ricardo Daniel Sosa Aubone, en autos caratulados CIANCIO CARLOS ALBERTO S/ CONCURSO PREVENTIVO(PEQUEÑO) Causa: 132406, revocó la sentencia y permitió abrir el concurso preventivo por ser suficiente el reconocimiento del deudor de su estado patrimonial, no siendo necesario acreditar todas las alegaciones, de lo contrario se desnaturalizaría el concurso atento el activo escaso de quien lo solicita.

