Derecho del consumidor. Daño punitivo.


La Sala Segunda de ésta Cámara, en la causa n°130.970 resolvió hacer lugar al planteo de “daño punitivo”, en concepto de multa civil sobre las demandadas, quienes en razón de lo normado en el art. 13 LDC han de quedar obligadas a su pago en forma solidaria más allá de las acciones de regreso que les pudieren corresponder; con criterio de actualidad a la sentencia de la primera instancia.

130970