ORDEN PÚBLICO INTERNACIONAL – AUTENTICIDAD – LEGALIDAD – RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA EXTRANJERA; EXPTE. N° LM-38866-2022 – “A. V. A. A. s/ EXEQUATUR E INSCRIPCIÓN PARTIDA EXTRANJERA” – JUZGADO DE FAMILIA N° 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 14/02/2024

Se ordena la inscripción de la sentencia de divorcio vincular dictada en el Juzgado de Primera Instancia N° 2 de La Laguna – Tenerife – España, el 18 de Junio de 2014. La decisión se basa en el cumplimiento de los recaudos exigidos por el art. 515 del C.P.C.C, art. 107 ley 14078, art. 77 ley 26.413 y considerando la compatibilidad de la sentencia extranjera con los principios y leyes de orden público vigentes en Argentina, conforme al art. 1656 del Código Civil y Comercial.

https://drive.google.com/file/d/1XCMehE6TaJdqjW1mom_0CFx4o4AMxcVR/view?usp=sharing

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HOMOLOGACIÓN JUDICIAL DE ACUERDO – INDEC; Expte. N° LM-26231-2022 – “L. G. V. c/ P. A. s/ alimentos” – JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 24/11/2023 (sentencia no firme)

Solicitud de homologación judicial de acuerdo por alimentos formulado en la etapa previa con la utilización del ÍNDICE DE CRIANZA, elaborado por el INDEC, el cual constituye una herramienta más de valoración a la hora de conocer cuánto destinan las familias para la crianza de NNA dotando a jueces y abogados de la matrícula de un parámetro oficial objetivo, para ser utilizado como valor de referencia. Se confirma la homologación del acuerdo suscripto por los progenitores.

https://drive.google.com/file/d/1umZlYknb_eqg1wKAqBf2OalHN2dQmD_Y/view?usp=sharing

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ALIMENTOS – INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO – OBLIGACIONES DE LOS ABUELOS; Expte. N° LM-43988/2022 – “A., C.A. C/ P., I.M. Y OT. S/ alimentos” – JUZGADO DE FAMILIA N°5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 15/02/2023

Actora promueve demanda por alimentos contra el progenitor y los abuelos paternos de su hijo. El padre del niño no posee trabajo registrado, ni bienes registrados a su nombre. LOS ABUELOS RESPONDEN POR DERECHO PROPIO Y NO EN REPRESENTACIÓN DE SUS HIJOS. El deber asistencial de los abuelos es independiente del deber de su hijo. Se hace lugar a la demanda. La suma provisoria en concepto de alimentos deberá ser abonada por los demandados indistintamente mientras dure la sustanciación del proceso.

https://drive.google.com/file/d/1LwC6tZn1AZAibG1T3__9-i5YVr5dRmp8/view?usp=sharing

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SUPRESIÓN DE APELLIDO PATERNO – IDENTIDAD DIGITAL – ACCIÓN DE CARÁCTER VOLUNTARIO; Expte. N° LM-43520-2023 – “B. R. F. T. s/ cambio de nombre” – JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 04/12/2023

El actor solicita mediante una acción de carácter voluntario la supresión de su apellido paterno al no identificar su pertenencia familiar, ni las personas que la acompañaron en su desarrollo tanto afectiva, como económicamente. Poniendo a disposición herramientas legales necesarias a los fines de lograr un giro cualitativo en su desarrollo psicofísico tanto desde el punto de vista de su propia intimidad como en las relaciones con la sociedad. Se pudo corroborar a través del instagram del juzgado que el actor se encuentra nomenclado como su nombre y apellido materno. Concluyendo, en el caso en análisis, que tanto en su vida social, como en las redes, su identidad digital la ha generado suprimiendo el apellido de su padre biológico.

.https://drive.google.com/file/d/17jCshaL1hNU6kPTcume4uRqfSBY32Xbr/view?usp=sharing

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ADOPCIÓN PLENA MONOMARENTAL – INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO; Expte. N° LM-33239/2022 – “I. I. M S/ ADOPCIÓN. ACCIONES VINCULADAS” – JUZGADO DE FAMILIA N°5 DE LA MATANZA (BUENOS AIRES) – 21/12/2022

Se otorga la adopción plena monoparental de un niño. Esta sentencia que concede la adopción tuvo efecto retroactivo a la fecha de la sentencia que otorga la guarda con fines de adopción. Se autoriza el cambio de apellido del menor de edad. Una vez mayor de edad tendrá acceso al expediente de adopción. La adoptante deberá promover al niño el vínculo con sus hermanos. El derecho de permanencia con la familia de origen no es un principio absoluto, salvo que existan razones determinantes, teniendo en cuenta el Interés Superior de Niño.

https://docs.google.com/document/d/1aDNkHbZZBWU6e5Zm0gcVAUCCCH4LXJa6/edit?usp=sharing&ouid=112355452054385048119&rtpof=true&sd=true

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VIOLENCIA DIGITAL – PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR – DERECHO A LA INTIMIDAD; Expte N° LM-24168-2020 – “V, M A C/ D, M M s/ PROTECCION CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR (ley 12569)” – JUZGADO DE FAMILIA N° 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 11/11/2022

Actora víctima de violencia digital solicita una medida cautelar contra su expareja. Se ordena al demandado que elimine de todos sus dispositivos los videos que contenga material íntimo de la actora sin que quede almacenado en ningún tipo de sistema o soporte bajo apercibimiento de aplicación de una multa en caso de incumplimiento. Asimismo, se dispuso el cese de los actos de perturbación o intimidación contra la víctima y su grupo familiar conviviente. Se ordena al demandado la realización de un curso sobre masculinidades bajo apercibimiento de aplicar multa.

https://drive.google.com/file/d/10Ibu4V-sokXQiAD9aXFixuSvVxibcnqY/view?usp=sharing

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DIVORCIO POR PRESENTACIÓN UNILATERAL. NOTIFICACIÓN VÍA WHATSAPP – AUDIENCIA VIRTUAL – CORONAVIRUS; Expte. Nº LM-10934/2021 – “S. M. L. c/ V. V. D. V. S/ MATERIA A CATEGORIZAR” – JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 13/07/2021

Se decretó el divorcio por presentación unilateral en el contexto de la pandemia por COVID-19, utilizando herramientas tecnológicas como la notificación vía WhatsApp y la audiencia virtual para facilitar el proceso. La decisión también abordó cuestiones relativas a la extinción de la comunidad de bienes y la homologación del convenio regulador acordado por las partes. Se destacó la importancia de la flexibilización de las normas procesales en tiempos de pandemia para garantizar la tutela judicial efectiva.

https://docs.google.com/document/d/16L7aH0auwScO9HARJxBLGLkxw7zplyjL/edit?usp=sharing&ouid=112355452054385048119&rtpof=true&sd=true

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COMPENSACIÓN ECONÓMICA EN LA UNIÓN CONVIVENCIAL. COMPETENCIA. EFECTOS DE LA UNIÓN CONVIVENCIAL. FUERO DE ATRACCIÓN. PERSPECTIVA DE GÉNERO. SOLIDARIDAD FAMILIAR. TUTELA JUDICIAL EFECTIVA; Expte. Nº LM-30693/2020 – “T., A. B. C. M., S. M. Y OTRO/A S/ MATERIA A CATEGORIZAR” – JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 10/03/2024

Se dictaminó sobre un caso de compensación económica en la unión convivencial, destacando el principio de solidaridad familiar y la perspectiva de género. Se destacó que la compensación económica se alinea con el paradigma constitucional-convencional de igualdad y no discriminación, reconociendo el derecho a vivir en unión convivencial. Además, se enfatizó la necesidad de probar el nexo causal entre la organización de la vida familiar y el desequilibrio económico resultante del cese de la unión convivencial, incluyendo situaciones donde uno de los convivientes fallece. El fallo también abordó el fuero de atracción en el contexto de los efectos patrimoniales derivados del cese de la unión convivencial por muerte, especificando que el reclamo debe canalizarse en el juicio sucesorio.

https://drive.google.com/file/d/1361evSHEfpSyBM3kEjD7TiUKrfdcB1Vu/view?usp=sharing

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SOLICITUD DE SUPRESIÓN DE APELLIDO PATERNO – DERECHO A LA IDENTIDAD – LENGUAJE CLARO; Expte. Nº LM-7544-2019 – “D. S. E. c/ R. W. s/CAMBIO DE NOMBRE” – JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 28/09/2020

Se hace lugar a la supresión de apellido paterno solicitado por la progenitora en representación de su hijo, al manifestar el joven que el apellido de su padre no identifica su pertenencia familiar, ni las personas que lo acompañaron en su desarrollo tanto afectiva, como económicamente. Encontrándose suficientemente acreditado el justo motivo previsto por el artículo 69 del Código Civil y Comercial, siendo el apellido materno con el cual se siente identificado el joven.

https://drive.google.com/file/d/1myjTzGixaB0C9B1Wix7N5Xa15CtPUaOX/view?usp=sharing

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DERECHO DEL NIÑO A SER OÍDO – AUDIENCIA DE ESCUCHA VIRTUAL – LENGUAJE CLARO – ESTRATEGIA INTERDISCIPLINARIA PREVIA; Expte. LM-16061-2015 – “M. W. M. s/ ABRIGO” – JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 03/09/2020

Teniendo en cuenta las particulares circunstancias y condiciones de las niñas, fue necesario realizar una estrategia interdisciplinaria a fin de llevar a cabo la audiencia de escucha, que consistió en que gradualmente las niñas conocieran mediante el envío de una foto, una carta y un video de la Magistrada a fin de que la conocieran gradualmente. Se utilizó lenguaje claro teniendo en cuenta la vital importancia de que lo comunicado se formule en forma directa, precisa y completa, dejando de lado la argumentación jurídica.

https://docs.google.com/document/d/15J_VEm9PBYLUDrCtfcm9G8dbBAn3hS3U/edit?usp=sharing&ouid=112355452054385048119&rtpof=true&sd=true

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