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MEDIDA CAUTELAR – DERECHO DE ACCESO A LA SALUD – ADULTO MAYOR Expte. LM-7931-2024 – “P.J.A C/ I.O.M.A. S/ AMPARO” – JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 14/03/2025

Se presenta M.N.A. en representación de su esposo, quien resulta ser adulto mayor que padece Parkinson avanzado, promoviendo acción de amparo contra I.O.M.A. a los fines de que cubra el 100% de la internación geriátrica con más la totalidad de prestaciones vinculadas a su tratamiento. Se dictó una medida cautelar a favor de la parte actora la cual fue incumplida en reiteradas oportunidades por parte de la Obra Social. Estando comprometido el derecho de acceso a la salud y a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva, y teniendo en cuenta que el causante se encuentra en situación de vulnerabilidad se le hace lugar a la acción de amparo fijándose sanciones conminatorias debido al incumplimiento.

P.J.A. C. I.O.M.A. S. AMPARO.pdf – Google Drive

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ADOPCIÓN. PROCESOS EXCLUYENTES. ALIMENTOS Expte. LM-22125/2024 – “S., T. A. M. S/ ABRIGO” – JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 26/11/2024

Mediante sentencia de primera instancia se otorga la Guarda con Fines de Adopción del niño T. S. a la Sra. P. A. F., se realizaron distintas intervenciones que dieron cuenta la falta de comprensión de la guardadora en cuanto a las dificultades del niño, respecto de contención y que la misma no respondía correctamente por sus cuidados. El equipo técnico del Juzgado informó que no se encontraban dadas las condiciones para que el niño continúe bajo los cuidados y responsabilidad de la guardadora. Todo ello desembocó en el decisorio de revocación de la guarda, declarar el Estado de Abandono y Adoptabilidad, disponer una cuota alimentaria a favor del niño y la obligación de mantener su obra social hasta tanto se inicie un nuevo proceso de vinculación.

https://docs.google.com/document/d/1D6mUhHE18tMr-fja-5PSVkuh7OiKLIqR/edit?usp=sharing&ouid=112355452054385048119&rtpof=true&sd=true
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RESTITUCIÓN DE DERECHOS EN FAMILIA DE ORIGEN – REVINCULACIÓN ENTRE HERMANOS – GUARDA A PARIENTE; Expte. N° LM-29807/2024 – “F. A. A. S/ GUARDA” – JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 19/08/2024

Se dejó sin efecto el estado de adoptabilidad de la joven, se priorizó la adopción de medidas de protección tendientes al fortalecimiento y revinculación de la joven con su núcleo familiar. Asimismo, se dispuso la prohibición de contacto de la misma con su progenitora. A fin de dar conocimiento de lo resuelto a la joven en cuestión, se redactó una carta utilizando lenguaje claro y el Unicornio de las Sonrisas.

https://drive.google.com/file/d/1D6IXZWoMREtJcY_fO65NuCDNAOX6t0Ap/view?usp=sharing

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MEDIDA DE PROTECCIÓN PARA HIJO AFÍN – CENTRO DE VIDA – INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO – PROHIBICIÓN DE NO INNOVAR; Expte. N° LM-37844-2024 – “F. N. R. c/ C.D.A. s/ MEDIDAS CAUTELARES”-JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 11/12/2024

En el marco de una solicitud de medida de protección a favor de un hijo afín con el objetivo de que no se vulnere el derecho de respetar su centro de vida y teniendo en cuenta el interés superior del niño en contraposición con el deseo del padre biológico de que su hijo viva con él en otra ciudad. Siendo oído el niño, como así también teniendo en cuenta la concepción plural de las familias y la introducción de la novedosa figura del progenitor afín en el Código Civil y Comercial de la Nación, portador de derechos y deberes, simplifica en el caso de las familias ensambladas la aplicación de lo dispuesto por la Convención de Derechos del Niño. Se decretó la prohibición de no innovar, respecto del centro de vida y/o lugar de residencia actual del niño, debiendo mantenerse el “status quo” residiendo con su padre afín siempre y cuando inicie las acciones de fondo.

https://drive.google.com/file/d/1jkRaeNVF0gOQYOux-KlKvmYBnWE-J1lm/view?usp=sharing

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HIJO MAYOR DE EDAD CON CAPACIDAD RESTRINGIDA – DERECHO ALIMENTARIO – SALARIO MÍNIMO VITAL Y MÓVIL; Expte. N° LM-7829-2023 – “R A E C/ S G O s/ incidente de alimentos “- JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 01/07/2024

Progenitora que resulta ser sistema de apoyo, solicita modificación de acuerdo de alimentos celebrado a favor de su hijo mayor de edad respecto del cual ha sido determinada su capacidad jurídica, dado que el mismo no se correspondía con los gastos afrontados para sus necesidades básicas atento a su condición y teniendo en cuenta que el derecho a los alimentos tiene carácter asistencial, siendo esta su finalidad básica, se utilizó para determinar la cuota la pauta del Salario Mínimo Vital y Móvil.

https://drive.google.com/file/d/1rlyEfibn0lFShOkiBL4H84d7H7DZ9y8z/view?usp=sharing

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DERECHO DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES A SER OÍDOS – IDENTIDAD RELIGIOSA – INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO; Expte N° LM-1464-2022 – “P. B. I. A. s/ abrigo” – JUZGADO DE FAMILIA N.º 4 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 05/06/2024

El Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño adoptó la correspondiente medida de abrigo dándole intervención al Juzgado de Familia N°4 quien decreta la legalidad de la medida adoptada. Luego de la audiencia de escucha del niño se resuelve, considerando el Interés Superior del Niño, respetando el Derecho a su Identidad y libertad religiosa Judía en la futura selección en la familia pretensa adoptiva, no hacer lugar a los pedidos de vinculación realizados por los progenitores y declarar judicialmente el estado de adoptabilidad requiriendo legajos que se ajusten en cuanto a la identidad Judía requerida por el niño.

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ORDEN PÚBLICO INTERNACIONAL – AUTENTICIDAD – LEGALIDAD – RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA EXTRANJERA; EXPTE. N° LM-38866-2022 – “A. V. A. A. s/ EXEQUATUR E INSCRIPCIÓN PARTIDA EXTRANJERA” – JUZGADO DE FAMILIA N° 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 14/02/2024

Se ordena la inscripción de la sentencia de divorcio vincular dictada en el Juzgado de Primera Instancia N° 2 de La Laguna – Tenerife – España, el 18 de Junio de 2014. La decisión se basa en el cumplimiento de los recaudos exigidos por el art. 515 del C.P.C.C, art. 107 ley 14078, art. 77 ley 26.413 y considerando la compatibilidad de la sentencia extranjera con los principios y leyes de orden público vigentes en Argentina, conforme al art. 1656 del Código Civil y Comercial.

https://drive.google.com/file/d/1XCMehE6TaJdqjW1mom_0CFx4o4AMxcVR/view?usp=sharing

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HOMOLOGACIÓN JUDICIAL DE ACUERDO – INDEC; Expte. N° LM-26231-2022 – “L. G. V. c/ P. A. s/ alimentos” – JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 24/11/2023 (sentencia no firme)

Solicitud de homologación judicial de acuerdo por alimentos formulado en la etapa previa con la utilización del ÍNDICE DE CRIANZA, elaborado por el INDEC, el cual constituye una herramienta más de valoración a la hora de conocer cuánto destinan las familias para la crianza de NNA dotando a jueces y abogados de la matrícula de un parámetro oficial objetivo, para ser utilizado como valor de referencia. Se confirma la homologación del acuerdo suscripto por los progenitores.

https://drive.google.com/file/d/1umZlYknb_eqg1wKAqBf2OalHN2dQmD_Y/view?usp=sharing

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ALIMENTOS – INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO – OBLIGACIONES DE LOS ABUELOS; Expte. N° LM-43988/2022 – “A., C.A. C/ P., I.M. Y OT. S/ alimentos” – JUZGADO DE FAMILIA N°5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 15/02/2023

Actora promueve demanda por alimentos contra el progenitor y los abuelos paternos de su hijo. El padre del niño no posee trabajo registrado, ni bienes registrados a su nombre. LOS ABUELOS RESPONDEN POR DERECHO PROPIO Y NO EN REPRESENTACIÓN DE SUS HIJOS. El deber asistencial de los abuelos es independiente del deber de su hijo. Se hace lugar a la demanda. La suma provisoria en concepto de alimentos deberá ser abonada por los demandados indistintamente mientras dure la sustanciación del proceso.

https://drive.google.com/file/d/1LwC6tZn1AZAibG1T3__9-i5YVr5dRmp8/view?usp=sharing

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