ADOPCIÓN – VOLUNTAD DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE – AUTONOMÍA PROGESIVA – DERECHO A SER OIDO – HOGAR CONVIVENCIAL – VOLUNTAD CONTRARIA A LA ADOPCION – NECESIDAD DE EQUILIBRIO ENTRE DERECHOS Y GARANTIAS DEL NIÑO Y LAS EXIGENCIAS DEL BIEN COMÚN – MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO DEL PROYECTO DE VIDA ADULTA DE LA ADOLESCENTE. Expte n° LM-48529-2023 – “T.H.L. S/ ABRIGO” JUZGADO DE FAMILIA N° 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 07/08/2025


En el marco de un expediente de abrigo y medidas de protección integral, el Juzgado de Familia n° 5 de La Matanza, hizo lugar a la petición expresamente formulada por la adolescente, quien manifestó su voluntad de NO ser adoptada y continuar residiendo en el hogar convivencial donde se encontraba alojada.

La sentencia ponderó especialmente el interés superior de la adolescente, el derecho a ser oída y la autonomía progresiva de la menor, valorando su madurez, estabilidad emocional, proyección educacional y laboral.

En ese contexto se entendió que imponer una estrategia de adopción contraria a su voluntad resultaría incompatible con sus derechos personalísimos y con el sistema de protección integral vigente.

La resolución fue apelada por la Asesoría de Incapaces y la Excelentísima Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Sala II, confirma la sentencia de grado.

Acceda a la sentencia primera instancia mediante el siguiente Link:

https://drive.google.com/file/d/1b3fTUad2sUjw3dvhiawo_AB2Gpy7I7j5/view?usp=sharing

Acceda a la sentencia de segunda instancia mediante el siguiente Link:

https://drive.google.com/file/d/1d29LYn8hubSKqpuMxEfcyWd63EXP2zDF/view?usp=sharing