SOLICITUD DE SUPRESIÓN DE APELLIDO PATERNO – DERECHO A LA IDENTIDAD – LENGUAJE CLARO; Expte. Nº LM-7544-2019 – “D. S. E. c/ R. W. s/CAMBIO DE NOMBRE” – JUZGADO DE FAMILIA Nº 5 DE LA MATANZA (Buenos Aires) – 28/09/2020

Se hace lugar a la supresión de apellido paterno solicitado por la progenitora en representación de su hijo, al manifestar el joven que el apellido de su padre no identifica su pertenencia familiar, ni las personas que lo acompañaron en su desarrollo tanto afectiva, como económicamente. Encontrándose suficientemente acreditado el justo motivo previsto por el artículo 69 del Código Civil y Comercial, siendo el apellido materno con el cual se siente identificado el joven.

https://drive.google.com/file/d/1myjTzGixaB0C9B1Wix7N5Xa15CtPUaOX/view?usp=sharing

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