COBRO EJECUTIVO. Las presentes recomendaciones no deben tomarse como únicas e irrefutables. Se deberá analizar cada caso en particular. RECAUDOS:
Ejecución de pagaré sin protesto. Fotocopia de D.N.I; Constancia de Inscripción de AFIP si es Empresa. o TITULO EJECUTIVO: (PAGARÉ) Requisitos que debe cumplir el documento: Lugar de libramiento, fecha de libramiento; Fecha de vencimiento; lugar de pago; nombre del beneficiario, monto a ejecutar; firma.-
Se abona: – Tasa de Justicia: 2,2 % del monto a ejecutar https://tasadejusticia.scba.gov.ar/TasaDeJusticia.aspx?Tramite=1
- Sobre tasa de justicia: 10% de ese 2,2%. https://servicios.cajaabogados.org.ar/
- Sellado de ARBA (Impuesto de instrumento Privado) del valor aprox. 1,3 % del monto a ejecutar. www.arba.gov.ar/Apartados/Sellos/InstrumentosPrivados.asp?lugar=O