INSTRUCTIVO PARA DILIGENCIAMIENTO DE OFICIOS

SRES. LETRADOS: PARA EL LIBRAMIENTO DE OFICIOS QUE NO SE CONFECCIONAN Y DILIGENCIAN ELECTRÓNICAMENTE Y QUE OTRORA SE REALIZABAN EN FORMATO PAPEL, SE APLICARÁ EL PROCEDIMIENTO CUYO INSTRUCTIVO SE ADJUNTARA A LA BREVEDAD Y QUE FUE REMITIDO AL COLEGIO DE ABOGADOS DEPARTAMENTAL Y LA ASOCIACION DE ABOGADOS LOCAL PARA SU DIFUSION.

 

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