FERIA JUDICIAL DEL MES DE JULIO

SRES. LETRADOS:

                      SE HACE SABER QUE ESTE JUZGADO, COMO EN TODOS LOS RECESOS JUDICIALES CORRESPONDIENTES A LAS FERIAS DE JULIO Y ENERO, REALIZARÁ (ENTRE OTRAS) TAREAS DE PARALIZACIÓN Y ARCHIVO, A CUYO FIN SE RECUERDA:

-QUE SE PARALIZAN TODOS LOS EXPEDIENTES QUE TENGAN SENTENCIA U OTRA RESOLUCIÓN QUE PONGA FIN AL PROCESO (EXCEPTO CADUCIDAD, DESISTIMIENTO  O RECHAZO ÍNTEGRO DE LA DEMANDA),  QUE NO ESTÉN CONCLUIDOS Y QUE NO TENGAN MOVIMIENTO POR UN PERÍODO SUPERIOR A SEIS MESES.

-ESTE JUZGADO NO REMITE LOS EXPEDIENTES AL ARCHIVO DEPARTAMENTAL UBICADO EN AZUL, POR CARECER DICHA DEPENDENCIA  DE ESPACIO FÍSICO, POR CUYA RAZÓN, LOS PROCESOS PERMANECEN EN ESTA DEPENDENCIA.

-SE ARCHIVAN TODOS AQUELLOS EXPEDIENTES CON SENTENCIA U OTRA RESOLUCION QUE PONGA FIN AL PROCESO Y QUE SE ENCUENTREN CONCLUIDOS, ES DECIR, CUMPLIDA LA SENTENCIA, ACUERDO, ETC. NOTIFICADOS LOS HONORARIOS DE LOS PROFESIONALES INTERVINIENTES Y SATISFECHA LA TASA DE JUSTICIA Y LOS APORTES, DE CORRESPONDER.

-SE INTIMA A ACTIVAR EL TRAMITE DE TODOS LOS PROCESOS QUE NO ESTÉN EN NINGUNA DE LAS SITUACIONES ANTERIORES Y QUE NO TENGAN IMPULSO PROCESAL POR MÁS DE SEIS MESES, BAJO APERCIBIMIENTO DE DECRETARSE LA CADUCIDAD DE INSTANCIA.

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