FERIA JUDICIAL DEL MES DE JULIO
SRES. LETRADOS:
SE HACE SABER QUE ESTE JUZGADO, COMO EN TODOS LOS RECESOS JUDICIALES CORRESPONDIENTES A LAS FERIAS DE JULIO Y ENERO, REALIZARÁ (ENTRE OTRAS) TAREAS DE PARALIZACIÓN Y ARCHIVO, A CUYO FIN SE RECUERDA:
-QUE SE PARALIZAN TODOS LOS EXPEDIENTES QUE TENGAN SENTENCIA U OTRA RESOLUCIÓN QUE PONGA FIN AL PROCESO (EXCEPTO CADUCIDAD, DESISTIMIENTO O RECHAZO ÍNTEGRO DE LA DEMANDA), QUE NO ESTÉN CONCLUIDOS Y QUE NO TENGAN MOVIMIENTO POR UN PERÍODO SUPERIOR A SEIS MESES.
-ESTE JUZGADO NO REMITE LOS EXPEDIENTES AL ARCHIVO DEPARTAMENTAL UBICADO EN AZUL, POR CARECER DICHA DEPENDENCIA DE ESPACIO FÍSICO, POR CUYA RAZÓN, LOS PROCESOS PERMANECEN EN ESTA DEPENDENCIA.
-SE ARCHIVAN TODOS AQUELLOS EXPEDIENTES CON SENTENCIA U OTRA RESOLUCION QUE PONGA FIN AL PROCESO Y QUE SE ENCUENTREN CONCLUIDOS, ES DECIR, CUMPLIDA LA SENTENCIA, ACUERDO, ETC. NOTIFICADOS LOS HONORARIOS DE LOS PROFESIONALES INTERVINIENTES Y SATISFECHA LA TASA DE JUSTICIA Y LOS APORTES, DE CORRESPONDER.
-SE INTIMA A ACTIVAR EL TRAMITE DE TODOS LOS PROCESOS QUE NO ESTÉN EN NINGUNA DE LAS SITUACIONES ANTERIORES Y QUE NO TENGAN IMPULSO PROCESAL POR MÁS DE SEIS MESES, BAJO APERCIBIMIENTO DE DECRETARSE LA CADUCIDAD DE INSTANCIA.
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