COMUNICACIONES ELECTRONICAS AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

Se hace saber a los Sres. Letrados que con fecha 19/12/2018 la SCBA dictó la Resolución N° 2809/18 que aprueba el protocolo de comunicaciones electrónicas con el Registro de la Propiedad Inmueble.

El mismo empezará a regir, para nuestro departamento judicial, a partir del 15/4/2019 y comprende las comunicaciones de las trabas de medidas cautelares en general, inhibiciones y embargos de inmuebles en particular, sus modificaciones, reinscripciones o levantamientos, dirigidas a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, se efectuarán electrónicamente por todos los órganos judiciales y respecto a los inmuebles pertenecientes a todos los partidos de la provincia de Buenos Aires, cualquier sea el tipo de proceso.

Las piezas indicadas serán suscriptas por el Actuario o quien haga sus veces, dispensándose del uso del folio de seguridad. En los casos en que los trámites fueren arancelados, deberá abonarse el arancel respectivo, insertándose en el texto del oficio el número correspondiente al timbrado.

Deberán utilizarse únicamente los modelos que constan en el Anexo de la Resolución referida.

CONSULTAR EL ENLACE: http://www.scba.gov.ar/servicios/RPropiedad/Instructivo.pdf

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