DAÑOS Y PERJUICIOS.- APLICACIÓN DOCTRINA LEGAL “BARRIOS”.- ACTUALIZACION CAPITAL POR INDICE PRECIOS CONSUMIDOR (IPC).-

La Cámara Primera de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Lomas de Zamora, Sala 3era., en la causa “Iannello Silvina Liliana c/ Empresa General Tomas Guido SACIF s/ Daños y Perjuicios” Causa nro. AV-4828-2012, con fecha 7/5/24, estableciendo que al capital de condena deberá aplicarse un índice de corrección o reajuste mediante el “índice de precios consumidor” a partir de la fecha de sentencia y más un interés puro del 6 % anual.-

Sostuvo el tribunal que “… En dicha inteligencia, conforme lo dispuesto por el cimero tribunal provincial en los autos “Barrios” (C 126.096), en punto a la inadecuación ostensible de las alícuotas bancarias para mantener constante el valor de las prestaciones frente al aumento generalizado de precios de la economia -la que también encuentro presente en este particular caso-, corresponde declarar oficiosamente la inconstitucionalidad (Cfr. Art. CSJN “Mill de Pereyra” 27/9/01) de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 texto según ley 25.561, en cuanto prohíbe la aplicación de mecanismos de actualización a las obligaciones de dar cantidades de dinero, como las que resultan de la sentencia que fija daños y perjuicios.- Bajo tal temperamento y atendiendo las pautas referidas en el mentado pronunciamiento del cimero tribunal, corresponde que las cantidades que componen la cuenta indemnizatoria se actualicen desde el dictado de la sentencia de primera instancia y hasta el momento del efectivo pago, conforme el índice de precios al consumidor (IPC), por resultar el mecanismo más adecuado atendiendo la clase de prestación de que se trata y el derecho a la reparación integral de la victima de daños.- A su vez, al resultado de dicha operación , deberán añadirse intereses a calcular desde la fecha del hecho y hasta el momento del pago, a una tasa del 6 % anual…”.-

 

NOTA: Fallo in extenso lo ubica en la Mesa de Entradas Virtual del Poder Judicial Provincial (www.scba.gov.ar) y luego en el link correspondiente a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial y datos de la causa.-

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