La Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata, Sala 2da. integrada, con fecha 23 de noviembre de 2016, en la causa caratulada ”COSENTINO EDUARDO DAVID C/ CERVAN CARLOS DIEGO S/DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)”, resolvió declarar la inconstitucionalidad del art. 27 del decreto ley 2530/10, y regular los honorarios definitivos del Mediador Judicial con aplicación de los artículos 13 ley 24.432 y 1627 del CC, normas vigentes al tiempo de originarse los trabajos justipreciados.-
Se anexa fallo.-