ESTAFAS BANCARIAS (PHISHING). TIPO DE TRAMITE. PROCESO SUMARISIMO.-

La Cámara Primera de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata, Sala 2da., en causa “Ottino Anabel Cristina c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ Daños y Perjuicios Incumplimiento Contractual” C 275.876, con fecha 10/9/21 resolvió recurso de apelación en el que la demandada formulaba oposición a que se imprima al proceso las reglas del proceso sumarísimo y se establezca las correspondientes al proceso sumario.-
La instancia revisora estableció que el art. 53 de la Ley de Defensa del Consumidor dispone que en materia del consumidor deberán aplicarse las reglas del proceso más abreviado, siendo ello el tipo sumarísimo, no bastando para su apartamiento la alegación que se violenta el derecho de defensa en juicio o sus plazos son más breves o lo acotado de este tipo de procesos.-
El fallo in extenso lo encuentra en el sitio web del poder judicial, Mesa de Entradas Virtual, y luego en sitio correspondiente a la citada Cámara de Apelaciones y Sala.-

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