La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Bahia Blanca, Sala 1era., en la causa nro. 154.102, “P.M. C. c/ Banco Santander Río SA s/ Acción Nulidad de Acto Jurídico”, revocó el fallo de primera instancia y concedió orden cautelar para que la entidad bancaria se abstenga de realizar cobro o débito de cuotas de un crédito denunciado como nunca solicitado por el titular de la cuenta.-
En el caso aplicó las disposiciones tuitivas que protegen al consumidor de servicios bancarios, así como ha tenido en cuenta el contexto de pandemia que ha facilitado como único medio de interacción con la entidad los mecanismos informáticos, a los que el Banco Central de la República Argentina ha impuesto que adopten medidas de seguridad.-
El fallo in extenso se puede visualizar en la mesa de entradas virtual (MEV) del poder judicial provincial (www.scba.gov.ar).-