El Presidente de la Suprema Corte Bonaerense prorrogó la vigencia de las Resoluciones 480/20, 535/20 y 558/20, así como sus aclaratorias y complementarias hasta el 2 de agosto de 2020.-
Conforme ello, no se encuentra el poder judicial en receso ni suspendidos los plazos procesales, continuándose el trabajo en la modalidad electrónica con los alcances establecidos en las citadas resoluciones.-