Se informa a los letrados/as que como consecuencia de los efectos de la pandemia COVID 19, y las restricciones para la movilización de la persona humana, sumado a las medidas sanitarias implementadas por la autoridad nacional, provincial y municipal, se hace saber que la SCBA ha dictado la Res. 16/20 en la que establece que toda libranza de dinero judicial se realizara UNICAMENTE MEDIANTE TRANSFERENCIA BANCARIA.-
Sólo y únicamente, cualquiera sea el monto, se realizará mediante transferencia bancaria para lo que deberá denunciar:
Tipo y Numero de Cuenta Bancaria
Clave Bancaria Unica (CBU)
Monto de la transferencia, y discriminación e imputación
Asimismo en caso de tratarse de honorarios profesionales deberá adjuntar las boletas de pago
El texto integro de la Res. SCBA SP 16/20 podrá consultarlo en el sitio web del poder judicial www.scba.gov.ar