La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata, Sala 3era., con fecha 6 de noviembre de 2018, in re “BONIFATTI Lucia c/ OSARPYH y otro s/ Daños y Perjuicios”, resolvió la incompetencia de la justicia provincial para entender en el asunto, resultando aplicable el caso las disposiciones de la Ley Nacional 23.660 y que establecen la competencia del fuero federal.-
Dispuso que el art. 38 de la Ley Nacional 23.661 que “La ANSSAL y los agentes del seguro estarán sometidos exclusivamente a la jurisdicción federal, pudiendo optar por la correspondiente a la justicia ordinaria cuando fueren actoras.- El sometimiento de los agentes del seguro a la justicia ordinaria estará limitado a su actuación como sujetos de derecho en los términos dispuestos por la ley de obras sociales”.-
Se adjunta texto íntegro del fallo.-