Mes: junio 2018

  • LA COPIA SIMPLE NO ES PRUEBA DOCUMENTAL

    Sr./Sra. Profesional la copia simple no es prueba documental, como asimismo los documentos presentados electrónicamente escaneados y/o adjuntados no tienen fuerza probatoria de la prueba documental.- En caso de haber presentado fotocopias simples o remitidas electrónicamente scaneadas, deberá ser acompañados sus “originales” al día siguiente (art. 120 CPCC), bajo apercibimiento de considerarlo como “no presentado”.-

  • REGLAS DE ESTILO EN ESCRITOS JUDICIALES (formato tradicional o electrónico)

    Sr./Sra. Profesional a efectos de facilitar la lectura y comprensión de sus presentaciones, se le ruega que en cada escrito judicial realice en forma tradicional o en la modalidad de escrito electrónico, consigne los siguientes datos esenciales: Nombres completos de la parte y su carácter (derecho propio o apoderado) Parte procesal (actor o demandado o…