Mes: febrero 2017

  • MODIFICACION DEL CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL (art. 678 bis Juicio Desalojo)

    La Ley Provincial 14.875 (BO 9/1/17) incorporó el artículo 678 bis al Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, estableciendo “Artículo 678 bis: Previo a ordenar el desalojo de personas o familias que habiten en una villa o asentamiento precario, el/la Juez/Jueza deberá oficiar al Ministerio de Infraestructura de la Provincia…

  • TASA DE JUSTICIA

    Se hace saber a los letrados que de acuerdo a la Ley Impositiva año 2017 (Ley 14.880) el monto mínimo a tributar en concepto de tasa de justicia es de $ 28- (pesos veintiocho).- Se adjunta texto del art. 97 de la Ley Provincial 14.880.- tasa de justicia