LIBRANZAS DE DINERO CORRESPONDIENTES A CUENTAS JUDICIALES

Se informa que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha dispuesto mediante la Res. 16/20 que toda libranza de dinero judicial se realizará únicamente mediante transferencia bancaria.
En consecuencia, se deberá denunciar :

Tipo y Numero de Cuenta Bancaria de titularidad del beneficiario

Clave Bancaria Única (CBU)

Cuit/Cuil

Condición fiscal ante la AFIP.

Monto de la transferencia, y discriminación e imputación

El texto integro de la Res. SCBA SP 16/20 podrá consultarlo en el sitio web, cuyo link es:
Resolución 16/20 SCBA

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