Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n° 2
Libro:50- / Registro: 218
Autos: “GOICOECHEA ALBERTO JULIAN C/ GALLARDO IRENEO S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION”
Expte.: -90722-
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, a los trece días del mes de junio de dos mil diecinueve, celebran Acuerdo extraordinario los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Toribio E. Sosa, Carlos A. Lettieri y Silvia E. Scelzo, para dictar sentencia en los autos “GOICOECHEA ALBERTO JULIAN C/ GALLARDO IRENEO S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA VICENAL/USUCAPION” (expte. nro. -90722-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de fecha 13-06-2019, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿que honorarios corresponde regular por la tarea realizada en segunda instancia?.
SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Habiendo quedado determinados los honorarios de primera instancia mediante decisión de fecha 14 de agosto de 2018 en $222.885 que a esa fecha representaban 193,81 Jus (según AC. 3903 a razón de 1 Jus = $ 1150), resta ahora fijar los estipendios por la labor llevada a cabo ante esta cámara que desembocaron en la decisión de fs. 144/145vta..
Así, por la tarea de segunda instancia en torno a la apelación contra la sentencia de fojas 126/128, los honorarios del abogado Pablo D. Corral por su tarea de fs. 137/140vta. pueden ser estipulados en la suma equivalente a 58,14 jus (hon. 1ra. inst. – 193,81 jus- x 30%; arts. 15, 16 y 31 ley 14967).
ASÍ LO VOTO
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Que por compartir sus fundamentos adhiere al voto emitido en primer término.
A LA SEGUNDA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Corresponde regular al abogado Pablo D. Corral por su tarea en segunda instancia la suma equivalente a 58,14 jus (hon. 1ra. inst. – 193,81 jus- x 30%; arts. 15, 16 y 31 ley 14967).
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Que adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Que adhiere al voto emitido en primer término al ser votada esta cuestión.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
Regular al abogado Pablo D. Corral por su tarea en segunda instancia la suma equivalente a 58,14 jus.
Regístrese. Hecho, devuélvase. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967).