Fecha del Acuerdo: 9-8-2017.

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial 1

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Libro: 48- / Registro: 236

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Autos: “GARCIA ALEJANDRO AGUSTIN S/CONCURSO PREVENTIVO (PEQUEÑO)”

Expte.: -90372-

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TRENQUE LAUQUEN, 9 de agosto de 2017.

            AUTOS Y VISTOS: los recursos de apelación  de  fojas  2188, 2189, 2190 y 2191  contra la regulación de fojas 2184 y 2186 vta.

            CONSIDERANDO.

a- Respecto de los recursos deducidos a fojas 2188, 2190 y 2191 los respectivos apelantes no han argumentado por qué consideran bajos o altos los emolumentos regulados por el juzgado de origen,  y como no surge evidente error en los parámetros legales y matemáticos aplicados por el juzgado tal situación lleva a desestimar dichos recursos (arts. 34.4. cpcc; esta cám. exptes. 88237 L. 43 Reg.347, 88885 L. 30 Reg. 13, 87835 L.44 Reg. 223, 87957 L. de Hon. 32 Reg. 30, entre muchos otros).

b- El recurso de foja 2189 cuestiona los porcentajes  escogidos por el juzgado esto es el 20% para el letrado y el 80% para la sindicatura; sin embargo este Tribunal ya ha dicho con anterioridad que  los porcentajes asignados por el juzgado a cada profesional (80% para la sindicatura y 20% para el abogado) lo son  por haber realizado  los  síndicos -Abraham y Gorosito-  una tarea más activa  respecto del abogado Berton (alícuotas usuales de este Tribunal para casos similares; art. 13 del d-ley 8904/77, art. 17 cód. civ., esta cám.  “Pontieri” 15/3/2005 lib. 20 reg. 25; “Junco” 20/10/2009 lib. 40 reg. 360; entre otros),   por ello no se evidencia como inequitativa y desproporcionada  la distribución realizada por el juzgado, correspondiendo desestimar la apelación de foja 2189 (arts. 34.4. cpcc, 266 LCQ).

Por todo ello,  la Cámara RESUELVE:

Desestimar los recursos de fojas 2188, 2189, 2190 y 2191.

Regístrese y devuélvase. Encomiéndase la notificación de  la presente en primera instancia  (arts. 54 y 57 del d.ley 8904/77; arg. art. 135 del cpcc).

             

 

 

                             

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