Fecha del Acuerdo: 20/8/2025

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Pellegrini
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Autos: “C., A. O. C/ O., Y. M. S/CUIDADO PERSONAL DE HIJOS”
Expte.: -95637-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: surge en este caso, en función de la materia debatida, que resulta conveniente fijar audiencia a fin de procurar una solución auto-compositiva de las cuestiones planteadas en autos, mediante tratativas directas (arts. 709 CCyC y 36.4 cód. proc.).
Por ello, la Cámara RESUELVE:
1. Fijar audiencia en esta Cámara de Apelación Civil y Comercial, sita en calle 9 de Julio 54 primer piso, para el día 5/9/2025 a las 10:30 horas, a la que deberán concurrir la joven I. C. O., sus progenitores, la abogada del niño designada en autos y el asesor ad-hoc también designado.
3. Notificación automatizada (art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039 de la SCBA). hecho, sigan los autos según su estad 8art. 36.1 cód. proc.).

 
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 19/08/2025 11:47:44 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 19/08/2025 12:52:09 – MATASSA Adriana Alicia – SECRETARIO DE CÁMARA
Funcionario Firmante: 20/08/2025 08:13:47 – SOTO Andres Antonio – JUEZ
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253400774003858855
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 20/08/2025 08:39:44 hs. bajo el número RR-695-2025 por TL\Adriana-CCivil Adriana.

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