Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado Ciil y Comercial N° 1
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Autos: “TAMAME HECTOR MIGUEL C/ MAY RUBEN ALBERTO Y OTROS S/ ACCION DE DESPOJO”
Expte.: -93963-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: la apelación deducida en subsidio el 17/2/2025 contra la resolución del 14/2/2025.
CONSIDERANDO
Al advertir que el poder de fecha 11/11/2022 acompañado digitalizado por la Dra. Neyra en oportunidad de contestar demanda, carecía de la firma ológrafa de Rubén Alberto May, el juez de grado dispuso de oficio, intimar al nombrado para que ratifique lo actuado en su nombre (ver res. 14/2/2025 y recurso de revocatoria con apelación en subsidio del 17/2/2025).
A raíz de lo decidido, May, se presentó y ratificó lo actuado por su letrada (ver escrito del 25/2/2025); y luego, al resolver la revocatoria, el magistrado le tuvo por ratificada la gestión (res. del 8/4/2025).
Al así decir, concedió la apelación subsidiaria del 17/02/2025, contra la resolución de fecha 14/02/2025 último párrafo (res. del 8/4/2025).
Ahora bien, compulsado los trámites de la causa, se desprende que la cuestión traída con el recurso, ha quedado superada por resolución firme del 27/4/2023 (ver recurso de apelación del 1/5/2023; res. denegatoria del 10/5/2023 y res. de esta Cámara del 21/6/2023 que declara inadmisible la queja, expte. 93899).
De modo que estaba vedada la posibilidad de debatir nuevamente sobre esa cuestión, por tratarse de una discusión superada por resolución firme del 27/4/2023 (arg. arts. 2 y 3 CCyC, 242 cód. proc.).
Por ello, la Cámara RESUELVE:
Desestimar el recurso de apelación deducido en subsidio contra la resolución de fecha 14/2/2025, sin costas, en tanto sustanciado el recurso con el codemandado May, éste ha guardado silencio.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 06/06/2025 08:26:02 – SOTO Andres Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 06/06/2025 10:52:28 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 06/06/2025 11:07:05 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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246200774003815846
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 06/06/2025 11:07:28 hs. bajo el número RR-483-2025 por TL\mariadelvalleccivil.