Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Familia -sede Trenque Lauquen-
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Autos: “D., D. A. C/ G., M. C. Y OTRO/A S/ MATERIA DE OTRO FUERO”
Expte.: -93709-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: la apelación del 6/3/2025 contra la resolución del 24/2/2025; y la apelación del 14/4/2025 contra la resolución del 4/4/2025.
CONSIDERANDO.
1. En primer lugar, es de verse que con fecha 16/4/2025 se radicó la causa en la instancia inicial a efectos de notificar la providencia del 10/3/2025 que concedía el recurso del 6/3/2025 interpuesto por el abogado Bigliani; de su lado, la resolución de primera instancia que hizo saber sobre la providencia del 10/3/2025, fue notificada automatizadamente el 21/4/2025.
De ese modo, debió presentarse el memorial dentro de los cinco días de perfeccionada esa notificación, es decir el 29/4/2025, o en el mejor de los casos, el 30/4/2025 dentro del plazo de gracia judicial (arg. arts. 10 y 13 AC 4013, t.o. según AC 4039 SCBA; 124 y 246 cód. proc.).
Por lo tanto, sin haberse presentado hasta el momento el memorial respectivo, la apelación es desierta (arg. art. 261 cód. proc.).
2. Por otra parte, se advierte que el memorial del 22/4/2025 presentado por el abogado Demarco, que funda su apelación del 14/4/2025 no fue sustanciada con la contraparte.
Por lo tanto, se corre traslado en esta oportunidad a la parte apelada, por cinco días; haciendo saber que a esos efectos se encuentran disponibles las constancias pertinentes a través de la MEV de la SCBA (arg. arts. 34.5.e y 246 cód. proc.).
Por ello, la Cámara RESUELVE:
1. Declarar desierta la apelación 6/3/2025 contra la resolución del 24/2/2025.
2. Correr traslado por cinco días del memorial del 22/4/2025.
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, sigan los autos según su estado.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 19/05/2025 08:05:46 – SOTO Andres Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 19/05/2025 10:05:02 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 19/05/2025 10:19:08 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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233900774003801913
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 19/05/2025 10:19:22 hs. bajo el número RR-406-2025 por TL\mariadelvalleccivil.