Fecha del Acuerdo: 26/2/2025

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n°2
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Autos: “ECHAIDE JUAN ENRIQUE C/ BORGES NELSON JAVIER S/ EJECUCION HONORARIOS”
Expte.: -95087-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: para resolver la revocatoria in extremis articulada el 13/2/2025 contra la resolución del 5/2/2025.
CONSIDERANDO:
1. Contra la resolución de fecha 5/2/2025 interpone el ejecutante, revocatoria in extremis, en tanto afirma que la resolución dictada por esta alzada, es errónea en su fundamentación jurídica y pide se reponga la decisión del juez de grado (recurso 13/2/2025).
2. La reposición in extremis es admitida en casos verdaderamente excepcionales, en presencia de errores manifiestos, graves y de imposible o muy dificultosa reparación a través de recursos extraordinarios, sin proceder en supuestos que pueden ser resueltos adecuadamente por otras vías (esta cám., 19/11/2019, L. 50, Reg. 510, voto del juez Sosa, entre otros; cfme. Peyrano, Jorge W., “La reposición in extremis”, J.A. 1992-III, pág. 661 y ss); v. sent. del 27/5/2014, “M., C.A. c/ M., M. y otro/a s/ Filiación”, L.45 R.135; también, sent. del 14/4/2009, “Biondini, Juan Carlos c/ Langhoff, Alejandro Omar s/ Daños y Perj. Autom. s/ Lesiones (Exc. Estado) (100)”, L.37 R. 69; también sent. del 5/6/2012, “Lamas, Raúl Enrique s/ Sucesión ab-intestato”, L.43 R.173).
Pero en el caso, quien plantea el recurso alega un error de fundamentación, cuestión que, en todo caso, no puede ser traída a consideración de este tribunal por vía del recurso bajo tratamiento (arg. arts. 278 y concs. cód. proc.).
Por ello, la Cámara RESUELVE:
Desestimar la revocatoria in extremis articulada el 13/2/2025 contra la resolución del 5/2/2025.
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado Civil y Comercial n°2.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 26/02/2025 11:21:57 – SOTO Andres Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 26/02/2025 13:36:37 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 26/02/2025 13:42:23 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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237400774003722229
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 26/02/2025 13:42:33 hs. bajo el número RR-126-2025 por TL\mariadelvalleccivil.

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