Fecha del Acuerdo: 31/10/2024

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n°2
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Autos: “ELHELOU MARIA DE LOS ANGELES Y OTRO/A C/ MARTINEZ ANA PAULA Y OTRO/A S/ ACCION DECLARATIVA (TRAM. SUMARISIMO)”
Expte.: -95071-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el recurso de apelación de fecha 3/10/2024, la providencia de ese mismo día que concede esa apelación y el memorial del día 14/10/2024.
CONSIDERANDO
Tratándose, como aquí, de juicio sumarísimo rige el art. 496.2 del Código Procesal, que establece que todos los plazos -salvo el de contestación de demanda que será de cinco días y el de prueba que fijará el juez- serán de dos días (prov. de fecha 1/8/2024; esta cám., 19/12/2013, “PEDICINO, ANGEL ALBERTO c/ IOMA s/ Medida autosatisfactiva”, L.44 R.388; ídem, 24/10/2012, “SABA, AIDA c/ SABA, HUGO Y OTRO/A s/ Interdicto”, L. 41 R. 388; además, SCBA, 26/10/2005, Ac. 84543, “Marceillac, Juan Ignacio c/ Bank Boston S.A.. Cumplimiento de contrato”, texto completo en sistema JUBA en línea).
Por manera que librada notificación a los demandados de la providencia de fecha 3/10/2024 que concedió la apelación dictada ese mismo día de manera automatizada, la notificación quedó perfeccionada para las partes el viernes 4/10/2024 (art. 133 cód. proc.). Así, el plazo de dos días para fundar la mentada apelación el día arrancó el lunes 7/10/2024, venciendo en consecuencia el día 9/10/2024 dentro del plazo de gracia judicial (arts. 124 últ. párr. y 246 cód. proc.).
Por lo que memorial recién traído el día 14/10/2024 resulta extemporáneo y la Cámara RESUELVE:
Declarar extemporáneo el memorial del día 14/10/2024 y, por consecuencia, desierta la apelación del 3/10/2024 (arts. 124 últ. párr., 246 y 496.2, cód. proc.).
Imponer las costas a la parte apelante vencida, con diferimiento de la resolución sobre los honorarios (arts. 68 cód. proc., 31 y 51 ley 14967).
Conforme nota recibida desde Secretaría de Planificación de la SCBA de fecha 24/5/2024, se hace saber que esta cámara está actualmente integrada con el juez Carlos A. Lettieri y el juez subrogante Andrés Antonio Soto.
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado Civil y COmercial n° 2.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 31/10/2024 08:15:22 – SOTO Andres Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 31/10/2024 08:56:02 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 31/10/2024 09:18:12 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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229100774003622503
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 31/10/2024 09:18:30 hs. bajo el número RR-820-2024 por TL\mariadelvalleccivil.

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