Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n°2
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Autos: “MUTUAL SOCIOS Y ADHERENTES CLUB ESTUDIANTES UNIDOS C/ CLUB ATLETICO ESTUDIANTES UNIDOS S/ ··EXTENSION DE QUIEBRA”
Expte.: -89431-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el recurso de apelación en subsidio del 23/5/2024 contra la resolución del 22/5/2024.
CONSIDERANDO.
El demandado apeló la resolución que concedió el recurso interpuesto por el acreedor Marcelo Juan Ravassi el 21/5/2024 contra la sentencia definitiva dictada el 13/5/2024.
Se agravia en cuanto a la concesión de aquel recurso porque a su entender Ravassi no estaría legitimado por no ser parte en el proceso, que solamente sería un acreedor de la fallida y que solo el síndico en ejercicio de sus funciones es quien tiene la potestad, legitimación y representación de la fallida (v. escrito del 23/5/2024).
Pero frente a ello, cabe decir que es inapelable el proveído que concede un recurso de apelación, pues quien pretende demostrar que ha sido mal otorgada, debe recalcarlo cuando contesta la expresión de agravios o el memorial (cfrme. CC0202 LP 135573 RR 349/24 I 11/7/2024, “S. H. A. C/ C. A. F. S/ ALIMENTOS”, con cita a Hitters, J. C., “Técnica de los recursos ordinarios” Juba, sumario: B5091534, LEP (2021), p. 349); esta cámara, en antiguo precedente, expte. 11043/93, res. del 2/11/1993, L. 22 R. 154).
Por ello, la Cámara RESUELVE:
Rechazar el recurso de apelación del 23/5/2024 contra la resolución del 22/5/2024.
Regístrese. Sigan los autos según su estado.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 24/09/2024 09:08:16 – SOTO Andres Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 24/09/2024 11:34:05 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 24/09/2024 11:36:14 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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235700774003591243
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 24/09/2024 11:36:24 hs. bajo el número RR-711-2024 por TL\mariadelvalleccivil.