Fecha del Acuerdo: 22/5/2023

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Pehuajò
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Autos: “F. D. A. C/ B. F. E. Y OTRO S/ ALIMENTOS”
Expte.: -91312-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el informe de Secretaría del 3/5/23, respecto del diferimiento del 28/8/19.
CONSIDERANDO.
De acuerdo al informe de Secretaría del 3/5/23 cabe retribuir la tarea para los profesionales que intervinieron ante esta instancia, teniendo en cuenta el resultado de la apelación y la imposición de costas decidida en la sentencia del 28/8/19 (mediante la cual la parte demandada cargó con las costas; arts. 15, 16, 26 segunda parte y concs. ley cit.; 68 y 69 del cpcc.).
Así, en función del art. 31 de la normativa arancelaria y el principio de proporcionalidad (v. esta cám. sent. del 9/12/20, 91679 “S., V. s/ Protección contra la violencia familiar” L. 51 Reg. 651, entre otros), aplicando una alícuota del 30% sobre los honorarios determinados por la labor en primera instancia para el abog. P. B. y un 25% para la abog. M., los que han llegado incuestionados (v. trámites del 15/9/20, 13/11/20, 4/2/21, 20/4/23 y 14/4/23; arts. y ley cits.).
De ello resultan 4,72 jus para P.B. (v. trámite del 18/6/19; hon. de prim. inst. -15,72 jus- x 30%) y 2,75 jus para M. (v. trámite del 6/6/19; hon. prim. inst.-11 jus- x 25%; arts. y ley cits.).
Por todo ello, la Cámara RESUELVE:
Regular honorarios a favor de los abogs. P. B. y M. en las sumas de 4,72 jus y 2,75 jus, respectivamente.
Regístrese. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967). Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Paz Letrado de Pehuajò.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 22/05/2023 12:41:51 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 22/05/2023 13:11:32 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 22/05/2023 13:17:40 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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227500774003190015
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 22/05/2023 13:17:53 hs. bajo el número RR-339-2023 por TL\mariadelvalleccivil.
Registrado en REGISTRO DE REGULACIONES DE HONORARIOS el 22/05/2023 13:18:03 hs. bajo el número RH-45-2023 por TL\mariadelvalleccivil.

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