Fecha del Acuerdo: 13/10/2022

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n° 1

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Autos: “ESCUDERO GABRIEL OMAR C/ LAGO RICARDO ALFREDO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)”

Expte.: -92937-

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            TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975

            AUTOS y VISTOS: la resolución de fecha 26/8/2022 y la providencia del 20/9/2022.

            CONSIDERANDO.

            La resolución de fecha 26/8/2022 que concedió el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley o doctrina legal del demandado Ricardo Alfredo Lago, a la vez que lo intimó  a efectuar el deposito previo del art. 280 cód. proc. y acompañar sellos postales para gastos de franqueo, bajo apercibimiento de declarar desierto el recurso  (arts. 280 cuarto párr. y 282 cód. proc.), fue notificada automatizadamente ese mismo día, perfeccionándose el día 30/8/2022, por lo que el plazo para traer lo pedido venció el 8/9/2022 dentro del plazo de gracia judicial (arts. 10 Ac 4013 t.o. por Ac 4039 y 124 últ. párr. cód. proc.).

            Pero además, aún en el mejor de los casos, contando ese plazo desde  la providencia del 20/9/2022 que comunicó la apertura de cuenta en el Banco de la Provincia de Bs. As. sucursal local, en función de lo solicitado en el punto 3 último párrafo del escrito de fecha 16/8/2022 de la abogada María Magdalena Adema Purón, que fue notificada automatizadamente ese mismo día, quedando perfeccionada el 23/9/2022, aquél venció el día 30/9/2022 o, en el mejor de los casos el día 3/10/2022 dentro del plazo de gracia judicial, sin que tampoco se haya dado cumplimiento.

            Por todo ello, la Cámara RESUELVE:

            Declarar desierto el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley o doctrinal legal de fecha 16/8/2022 del demandado Ricardo Alfredo Lago, contra la sentencia de fecha 1/8/2022 (arts. 124 últ. párrafo, 280 4° párrafo y 282 3° párrafo cód. proc.; arts. 10 y 13 AC 4013 t.o. por AC 4039).

             Regístrese.. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, cúmplase la radicación y remisión a la SCBA ordenadas el 26/8/2022.

REFERENCIAS:

Funcionario Firmante: 13/10/2022 12:45:55 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ

Funcionario Firmante: 13/10/2022 13:44:36 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ

Funcionario Firmante: 13/10/2022 13:46:25 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO

CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN

NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS

Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 13/10/2022 13:46:53 hs. bajo el número RR-713-2022 por TL\mariadelvalleccivil.

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