Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Familia -sede Trenque Lauquen-
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Autos: “C., M. C/ A., L. I. S/EJECUCION HONORARIOS (INFOREC 930)”
Expte.: -95361-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: la apelación del día 7/3/2025 contra la resolución del día 18/2/2025, la providencia del día 17/3/2025 y la presentación del día 27/3/2025.
CONSIDERANDO
La providencia de fecha 27/3/2025 que modificó la providencia del día 10/3/2025 y puso los autos en secretaría a los efectos de que el apelante presentase el memorial del art. 246 del código procesal dentro del plazo de cinco días, fue notificada de forma automatizada en el domicilio electrónico constituido por el letrado Fernándes Chamusco -letrado de la parte recurrente-, durante la misma jornada, por lo que aquella notificación quedó perfeccionada el día 18/3/2025 (conforme constancias del sistema Augusta; arts. 10 y 11 AC 4013 t.o. por AC 4039).
De ese modo, el plazo para presentar ese memorial venció el 26/3/2025 o, en el mejor de los casos, el 27/3/2025 dentro del plazo de gracia judicial, sin que se haya presentado -incluso hasta esta fecha- el escrito respectivo (arts. 124 y 246 cód. proc.).
Por ello, la Cámara RESUELVE:
Declarar desierto el recurso de apelación del día 7/3/2025 contra la resolución del día 18/2/2025 (art. 246 cód. proc.).
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Familia n° 1 sede Trenque Lauquen.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 01/04/2025 08:31:06 – SOTO Andres Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 01/04/2025 10:18:17 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 01/04/2025 10:25:13 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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245800774003761693
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 01/04/2025 10:30:25 hs. bajo el número RR-243-2025 por TL\mariadelvalleccivil.