Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n°1
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Autos: “ORSETTI ROBERTO ANDRES C/ MICO JORGE Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJUICIOS PROV. EXPLOTACION AGRICOLA”
Expte.: -95238-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el recurso de queja del día 26/12/2024.
CONSIDERANDO:
En la resolución del 16/12/2024, que da origen al recurso de queja, el juez de la instancia inicial argumenta que atento lo dispuesto por el artículo 377 del código procesal es irrecurrible lo decidido el 13/11/2024 (punto IV), y deniega el recurso de revocatoria con apelación en subsidio del 21/11/2024.
El pronunciamiento apelado es inapelable por el art. 494 cód. proc., más allá de la cita efectuada del art. 377 del mismo código.
Es que se trata el caso de la decisión por la que se agrega prueba documental, omitida involuntariamente, resuelve el juez, por problemas en el sistema, al momento de interponer la demanda (ver presentaciones de fecha 18/10/2024).
En ese rumbo, es de verse que en el caso se trata de un proceso sumario (v. res. del 7/8/2024), y por ello gobiernan los recursos el artículo 494 del Cód. Proc., donde se establece que únicamente son apelables la resoluciones que rechaza de oficio la demanda, que declara la cuestión de puro derecho, que decide las excepciones previas, las providencias cautelares, las que pongan fin al juicio o impidan su continuación y la sentencia definitiva (arg. art. 494 segundo párrafo del Cód. Proc.).
La providencia apelada no es ninguna de las mencionadas anteriormente y no impide la continuación del juicio, y desde esa óptica deviene inapelable (arg. arts. 242, 260, 348, 484, 494 segundo párrafo y concs. del Cód. Proc.).
Por ello, la Cámara RESUELVE:
Desestimar la queja de fecha 26/12/2024 (arts. 275, 377 y 496 cód. proc.)
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, archívese.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 14/02/2025 11:43:19 – SOTO Andres Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 14/02/2025 12:17:28 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 14/02/2025 12:45:01 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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240100774003712971
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
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