Fecha del Acuerdo: 16/12/2024

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Familia -sede Trenque Lauquen-
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Autos: “Z., M. S. Y OTRO S/ PRIVACION /SUSPENSION DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL”
Expte.: -94746-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: la presentación del 10/12/2024 efectuada por la asesora interviniente, en aras de proponer alternativas para concretar sin dilación la pericia ordenada mediante resolución de cámara del 9/10/2024.
Se hace saber en el día de la fecha se mantuvo conversación telefónica por secretaría con el magistrado Ezequiel Caride, titular del Juzgado de Familia Nro. 1 de Trenque Lauquen Sede Pehuajó; quien receptó favorablemente el pedido de colaboración esbozado por este tribunal a los efectos de que sea el Equipo Técnico Interdisciplinario de ese juzgado quien esté a cargo de la antedicha evaluación pericial, por entender esta cámara que resulta más atingente al caso la intervención de un equipo técnico perteneciente a un juzgado especializado (arg. art. 706.b CCyC).
Y, en esa tónica, amerita también sentar que el estudio tendrá por objeto arribar a un diagnóstico psico-social de interacción familiar entre la abuela propuesta para la delegación parental en debate y su grupo familiar conviviente. Así como también de las potencialidades y desafíos que pudiera vislumbrar la concreción de la alternativa presentada, con hincapié en la sostenibilidad y viabilidad de la misma en concordancia con las necesidades biopsicosociales de los niños de autos, los que deberán ser también evaluados; como se indicara mediante resolución de cámara del 29/11/2024 (v. resolución de cámara del 29/11/2024, con cita de args. arts. 3 Convención de los Derechos del Niño; 75 incs. 22 y 23 Const.Nac.; 2°, 3° y 706 inc. c del CCyC; 15 Const.Pcia.Bs.As.; y 34.4 cód. proc).
Por ello, la Cámara RESUELVE:
1. Citar a G. N. R., abuela paterna propuesta como referente delegada, para el viernes 20 de diciembre de 2024 a las 9.00hs, en la sede de este tribunal sita en 9 de Julio 54 – 1er Piso. Ello, a los efectos de practicar la pericia psicológica aludida en el acápite preliminar de esta pieza, con los alcances allí consignados.
2. Encomendar a la Perito Trabajadora Social del órgano jurisdiccional colaborador, la confección de un amplio informe socio-ambiental, con arreglo a los extremos señalados, a practicar:
2. a) en el domicilio de la abuela paterna, respecto de ésta y su grupo familiar conviviente, sito en calle Prado 775 -Casa Nro. 45 (Barrio Indio Trompa)- Contacto Telefónico: 2392-15525383. También a realizarse el viernes 20 de diciembre de 2024 a las 11:00 hs y;
2. b) en el dispositivo convivencial “Pequeño Hogar” de Trenque Lauquen, con los cuidadores y coordinadores de los niños B. y E. C., en aras de conocer su estado situacional actual y las necesidades que presentan en este segmento vital, así como también toda otra información que el Cuerpo Técnico interviniente pondere como valiosa para abordar la incidencia planteada. Ello, a realizarse -asimismo- durante la misma jornada, a las 12:00 hs..
Notificación con carácter urgente en función de la materia abordada y la índole de los derechos en pugna. Se encomienda a la abogada que asiste al progenitor de los niños poner en conocimiento esta resolución, también de manera urgente, a la abuela paterna, G. N. R., con debida acreditación en este expediente; y por secretaría, vía telefónica y bajo constancia al “Pequeño Hogar” de Trenque Lauquen (arg. arts. 10, 13 y 15 AC 4013 t.o por AC 4039).
Regístrese. Hecho, sigan los hechos según su estado.

 
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 16/12/2024 12:04:33 – SOTO Andres Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 16/12/2024 12:16:48 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 16/12/2024 12:18:07 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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247700774003680487
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 16/12/2024 12:18:16 hs. bajo el número RR-1005-2024 por TL\mariadelvalleccivil.

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