Fecha del Acuerdo: 20/11/2024

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Familia -sede Trenque Lauquen-
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Autos: “M. A. Y OTRO/A C/ A. C. S/ ALIMENTOS”
Expte.: -94963-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: la re-radicación de la causa en esta cámara el 14/11/2024 y el recurso de revocatoria del 11/11/2024 contra la resolución del 12/11/2024.
CONSIDERANDO
El escrito electrónico del 7/11/2024 a que se hace referencia en la revocatoria bajo tratamiento, que habría sido presentado en la instancia inicial, no se encuentra visible para esta cámara, por lo menos hasta la fecha de esta resolución según el sistema Augusta y el aplicativo MEV de la SCBA; de modo que no pudo ser dato a tener en cuenta en la resolución de este tribunal del 8/11/2024 (no del 12/11/2024, como se postula por la recurrente).
Tampoco ha sido acompañado en el escrito de la revocatoria del 11/11/2024, como se anuncia en ella.
Sin perjuicio de ello, en todo caso, justamente, entraría a jugar la salvedad prevista en esa misma sentencia, estatuida en el art. 641 del cód. proc. y que estaría comprendida en el escrito que se dice presentado.
Por ello, la Cámara RESUELVE:
Declarar inadmisible el recurso de revocatoria del 11/11/2024 contra la resolución del 12/11/2024.
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Familia -sede Trenque Lauquen-.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 20/11/2024 08:54:36 – SOTO Andres Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 20/11/2024 11:18:39 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 20/11/2024 11:20:37 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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234600774003652532
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 20/11/2024 11:20:47 hs. bajo el número RR-907-2024 por TL\mariadelvalleccivil.

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