Fecha del Acuerdo: 15/10/2024

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n°2
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Autos: “MARROQUIN RAUL ALBERTO Y OTRO/A C/ WAGNER KARINA INES Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO”
Expte.: -94884-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: la aclaratoria del 1/10/2024 contra la resolución de esta cámara de la misma fecha.
CONSIDERANDO:
Argumenta el apelante que se debe aclarar respecto a las costas y honorarios relativos al planteo de nulidad que se ha hecho lugar.
Sobre eso, debe decirse que el planteo de nulidad fue articulado a la vez que se apeló y se trajo memorial contra el pronunciamiento que pretendía se declare nulo; y cierto es que sin perjuicio de la falta de fundamentación legal que ocasionó esa declaración de nulidad, tratada que fue su pretensión de levantamiento de la medida cautelar, no se hizo lugar a la misma.
De manera tal que la parte resultó ser sustancialmente vencida y por eso se justifica la imposición de costas a su cargo (arg. art. 69 cód. proc.).
En cuánto a los honorarios, nada debe aclararse en tanto se difirió de acuerdo a los art. 31 y 51 de la ley 14967, por no existir regulación en la instancia inicial.
Por ello, la Cámara RESUELVE:
Desestimar la aclaratoria del 1/10/2024 contra la resolución de esta cámara de la misma fecha.
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado Civil y Comercial n°2.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 15/10/2024 10:28:08 – SOTO Andres Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 15/10/2024 10:56:10 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 15/10/2024 11:04:50 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 15/10/2024 11:04:58 hs. bajo el número RR-786-2024 por TL\mariadelvalleccivil.

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