Fecha del Acuerdo: 25/6/2024

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Hipólito Yrigoyen
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Autos: “BELEN, JORGE ALEJANDRO C/ CARDENAS, MARIA JOSEFA Y OTROS S/COBRO EJECUTIVO (INFOREC 911)”
Expte.: -94645-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: la resolución regulatoria del 23/2/24 y el recurso de apelación del 27/2/24.
CONSIDERANDO.
Mediante el recurso del 27/2/24, la parte actora cuestiona por elevados los honorarios regulados en la resolución del 23/2/24, recurso que fue concedido dentro del marco del art. 57 de la ley 14967.
Ahora bien, el apelante no expone en su presentación recursiva los motivos de su agravio, es decir no ataca específicamente la retribución fijada, ni expone por qué considera elevados los honorarios regulados (art. 57 ya citado).
Entonces, como tampoco se observa evidente error manifiesto en los parámetros aplicados por el juzgado no queda otra alternativa que desestimar el recurso interpuesto (arts. 22 de la ley 14967; 34.4 del cód. proc., arg. arts. 260 y 261 del cód. proc.).
Por todo lo expuesto, la Cámara RESUELVE:
Desestimar el recurso del 27/2/24.
Regístrese. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967). Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Paz Letrado de Hipólito Yrigoyen.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 25/06/2024 09:14:05 – SOTO Andres Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 25/06/2024 10:20:48 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 25/06/2024 11:44:50 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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253400774003529579
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 25/06/2024 11:44:59 hs. bajo el número RR-375-2024 por TL\mariadelvalleccivil.

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