Fecha del Acuerdo: 15/2/2024

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n°2
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Autos: “LOPEZ GUIZARD WALTER FELIPE C/ HIPPENER MARIO S/ INCIDENTE DE REVISION”
Expte.: -93657-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: las presentaciones de fecha 15/11/2023, 11/12/2023, 22/12/2023, de la parte actora y la resolución de este tribunal del día 31/10/2023.
CONSIDERANDO:
1. con le archivo adjunto acompañado a la presentación de día 22/12/2023 se tiene por ratificada la presentación del día 11/12/2023, del letrado Saib en representación de López Guizard, dando así cumplimiento a la intimación del día 19/12/2023.
2. En virtud de lo manifestado por la actora y, habiéndose corroborado por secretaría que en los autos “Lopez Guizard Walter Felipe S/ Beneficio De Litigar Sin Gastos”, se ha dictado sentencia el día 13/11/2023, la que ha resultado apelada por la demandada el día 15/11/2023; por manera que hasta tanto culmine el trámite recursivo es pertinente prorrogar el plazo otorgado en la resolución del día 31/10/2023.
Por ello, la Cámara RESUELVE:
1. Tener por ratificada la presentación del día 11/12/2023, del letrado Saib como patrocinante de López Guizard, con la presentación del día 22/12/2023 (arts. 1 y 2 AC 3842 y; 1 y 5 del AC 4013 texto según por AC 4039).
2. Prorrogar el plazo conferido en la resolución del día 31/10/2023, hasta tanto culmine el trámite recursivo en los autos “Lopez Guizard Walter Felipe S/ Beneficio De Litigar Sin Gastos”.
Regístrese.. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, sigan los autos conforme su estado.
Por hallarse vacantes la vocalía de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal, y a su vez la vicepresidencia y vocalía de este tribunal, se emite resolución con el acuerdo alcanzado entre el presidente en ejercicio de esta cámara y uno de los integrantes de aquel órgano, por razones de economía procesal y a fin de no sobrecargar la tarea propia de ambas cámaras (arg. art. 34.5.e cód. proc. y arg. art. 39 ley 5827).

REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 15/02/2024 10:32:55 – GINI Jorge Juan Manuel – JUEZ
Funcionario Firmante: 15/02/2024 13:11:10 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 15/02/2024 13:13:21 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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241000774003420596
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 15/02/2024 13:13:29 hs. bajo el número RR-48-2024 por TL\mariadelvalleccivil.

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