Fecha del Acuerdo: 6/9/2023

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Rivadavia
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Autos: “RODRIGUEZ ELIAS JOAQUIN C/ EL CORRALON SOCIEDAD DE HECHO S/ COBRO EJECUTIVO”
Expte.: -90390-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: la solicitud de regulación de honorarios por trabajos ante Cámara del 4/7/23.
CONSIDERANDO.
Conforme el diferimiento del 16/6/22, en función de lo dispuesto en el art. 31 ley 14.967 y el principio de proporcionalidad (esta cám. sent. del 9/12/2020, 91679 “S., V. s/ Protección contra la violencia familiar ” L. 51 Reg. 651, entre otros), valuando la labor desarrollada ante la alzada por las letradas (v. trámites del 22/2/22 y 21/3/22; arts. 15.c.y 16) y la imposición de costas decidida (arts. 26 segunda parte, 68 del cpcc.), sobre los honorarios de primera instancia que han llegado incuestionados fijados en 4 jus, cabe aplicar una alícuota del 25% para la abog. Biolé y una del 30% para la abog. Bergesio (arts. y ley cits.).
Así, resulta una retribución de 1 jus para Biolé (hon. de prim. ins. -4 jus- x 25%) y 1,2 jus para Bergesio (hon. prim. inst. -4 jus- x 30%; arts. y ley cits.).
Por todo lo expuesto, la Cámara RESUELVE:
Regular honorarios a favor de las abogs. Biolé y Bergesio en las sumas de 1 jus y 1,2 jus, respectivamente.
Regístrese.. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967). Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Paz Letrado de Rivadavia.
Por hallarse vacantes la vocalía de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal y la vicepresidencia de este tribunal, y estar en uso de licencia pre-jubilatoria la jueza Silvia E. Scelzo, se emite resolución con el acuerdo alcanzado entre el presidente en ejercicio de esta cámara y uno de los integrantes de aquel órgano, por razones de economía procesal y a fin de no sobrecargar la tarea propia de ambas cámaras (arg. art. 34.5.e cód. proc. y arg. art. 39 ley 5827).
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 06/09/2023 12:32:32 – GINI Jorge Juan Manuel – JUEZ
Funcionario Firmante: 06/09/2023 12:43:37 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 06/09/2023 13:08:12 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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238800774003271465
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 06/09/2023 13:08:20 hs. bajo el número RR-690-2023 por TL\mariadelvalleccivil.
Registrado en REGISTRO DE REGULACIONES DE HONORARIOS el 06/09/2023 13:08:36 hs. bajo el número RH-101-2023 por TL\mariadelvalleccivil.

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