Fecha del Acuerdo: 3/8/2023

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Daireaux
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Autos: “BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ PALACIOS, MARTA ELENA S/ COBRO EJECUTIVO”
Expte.: -91637-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el recurso de apelación del 14/7/23 contra la resolución regulatoria de esa misma fecha.
CONSIDERANDO.
El abog. G. C. mediante el escrito del 14/7/22 cuestiona por bajos los honorarios regulados a su favor en la resolución de esa misma fecha, y expone en ese mismo acto los motivos de su agravio (art. 57 de la ley 14967).
Le asiste razón al letrado por cuanto teniendo en cuenta la labor llevada a cabo por el profesional (v. trámites del 22/6/21, 16/9/21, 20/10/21, 2/2/22, 8/2/22, 16/2/22, 4/4/22, 29/4/22, 23/5/22, 27/5/22, 8/7/22; arts. 15.c. y 16 ley cit.), y habiéndose aplicado la alícuota máxima del 40% contemplada por el art. 41 de la ley 14.967 sobre el honorario regulado en 7 jus por la primera etapa del juicio, es decir hasta la sentencia de trance y remate (en la resolución del 16/3/21; arts. 15, 16, 22, 34 y concs. de la ley cit.; art. 34.4. cpcc.), se llega a un honorario de 2,8 jus (7 jus x 40% = 2,8 jus; arts. y ley cit.).
De modo que corresponde estimar el recurso del 14/7/22 y fijar los honorarios del abog. G. C. por la etapa de ejecución de sentencia en la suma de 2,8 jus (art. 34.4. del cód. proc.).
Por todo lo expuesto, la Cámara RESUELVE:
Estimar el recurso del 14/7/22 y, en consecuencia, fijar los honorarios del abog. G. C. en la suma de 2,8 jus.
Regístrese. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967). Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Paz Letrado de Daireaux.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 03/08/2023 12:08:42 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 03/08/2023 13:29:50 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 03/08/2023 13:33:06 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 03/08/2023 13:33:17 hs. bajo el número RR-571-2023 por TL\mariadelvalleccivil.
Registrado en REGISTRO DE REGULACIONES DE HONORARIOS el 03/08/2023 13:33:48 hs. bajo el número RH-76-2023 por TL\mariadelvalleccivil.

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