Fecha del Acuerdo: 17/5/2023

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Daireaux
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Autos: “A. L. J. S/ PROTECCION CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR”
Expte.: -93825-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el recurso de apelación deducido con fecha 17/4/23 contra la regulación de honorarios del 11/4/23.
CONSIDERANDO.
Sólo por aceptar el cargo de Defensora ad hoc, el juzgado reguló 1 Jus como honorario a favor de la abogada T..
Esta decisión fue motivo de agravio por parte de la beneficiaria que mediante el escrito del 17/4/23 expuso los motivos de su queja, bregando por una retribución mayor (art. 57 de la ley 14967).
Como se dijo, la mencionada letrada actuó como defensora oficial ad hoc de la accionante (v. trámite del 5/5/21) y en la instancia anterior se le regularon por su tarea 1 jus, con arreglo a lo dispuesto en el artículo primero del Ac. 2341 (texto según Ac. 3312/18 de la Suprema Corte).
Ahora bien, se trató de una protección contra la violencia familiar y la única tarea desempeñada concretamente y de la cual hay constancia en autos es la obrante con fecha 5/5/21 (“SE PRESENTA. CONSTITUYE DOMICILIO. OTORGA FACULTADES. SE AUTORICE MEV”). Pero como la retribución se fijó por debajo del piso legal establecido corresponde estimar el recurso y fijar los honorarios de la abog. T. en la suma de 2 jus (arts. 15, 16 incs. e, g y f ley 14967; ACS. 2341 y 3912 de la SCBA).
Por todo ello, la Cámara RESUELVE:
Estimar el recurso del 17/4/23 y fijar los honorarios de la abog. T. en 2 jus.
Regístrese. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967).Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Paz Letrado de Daireaux.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 16/05/2023 13:36:07 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 16/05/2023 14:05:03 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 17/05/2023 08:15:16 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 17/05/2023 08:15:36 hs. bajo el número RR-321-2023 por TL\mariadelvalleccivil.
Registrado en REGISTRO DE REGULACIONES DE HONORARIOS el 17/05/2023 08:15:47 hs. bajo el número RH-43-2023 por TL\mariadelvalleccivil.

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