Fecha del Acuerdo: 11/5/2023

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Carlos Tejedor
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Autos: “BARNOLA DE AGUIRRE MAGDALENA S/ SUCESION TESTAMENTARIA”
Expte.: -93689-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: la resolución de fecha 19/4/2023, las presentaciones del abogado Fabio Cornejo, patrocinado por el abogado Toribio Enrique Sosa de los días 26/4/202 y 8/5/2023, en las que se deduce revocatoria in extremis y el recurso extraordinario de nulidad, respectivamente.
CONSIDERANDO.
Frente al pedido expreso de acuerdo al artículo 3.h. de la ley 5177 para que este tribunal se aparte del conocimiento de la causa (v. punto I- 2 del escrito del 26/4/2023) y en función del nuevo escrito recibido el día 8/5/2023, la Cámara RESUELVE:
1- Radicar y remitir las actuaciones soporte papel a la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal departamental a los efectos que se estimen corresponder (RC 1040/82, arg. arts. 861 cód. proc. y 32 inc. h y s ley 5827; y 3.h ley 5177).
2- Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, radíquese electrónicamente y remítase el expediente soporte papel a la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal.

 

 

 
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 11/05/2023 12:33:01 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 11/05/2023 12:50:44 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 11/05/2023 12:58:44 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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235200774003183812
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 11/05/2023 12:58:54 hs. bajo el número RR-301-2023 por TL\mariadelvalleccivil.

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