Fecha del Acuerdo: 2/5/2023

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Familia sede Trenque Lauquen
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Autos: “R. V. C/ S. V. E. R. S/ ALIMENTOS”
Expte.: -93781-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el escrito presentado el 27/3/2023 por la abogada Agustina Piñuel y el proveído del 14/4/2023.
CONSIDERANDO.
La actora V. R., que actúa en representación de su hijo menor de edad, se presentó con el patrocinio letrado de la abogada A. P., quien acompañó el 27/3/2023 el escrito con que intentaba contestar el traslado del memoria del 16/3/2023 otorgado el 20/3/2023, pero sin haber adicionado en formato pdf el escrito con firma ológrafa de la parte.
Y como fue intimada el 14/4/2023 a que cumpla con tal requerimiento bajo apercibimiento de tener por no realizada esa presentación, y no lo ha hecho hasta la fecha, la Cámara RESUELVE:
1. Hacer efectivo el apercibimiento de fecha 14/4/2023 y tener por no presentado el escrito de fecha 27/3/2023 (art. 2 Ac 3842 de la SCBA).
2. Pasar a resolver el recurso de apelación del 9/3/2023 fundado el 16/3/2023 contra la resolución del 2/3/2023 (art. 270 cód. proc.).
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, sigan los autos según su estado.
Regístrese.. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, sigan los autos según su estado.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 02/05/2023 10:27:39 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 02/05/2023 11:09:03 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 02/05/2023 11:24:38 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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246900774003175189
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 02/05/2023 11:24:53 hs. bajo el número RR-279-2023 por TL\mariadelvalleccivil.

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