Fecha del Acuerdo: 2/3/2023

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Pehuajó
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Autos: “V., S. C/ H., G. A. S/ PROTECCION CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR”
Expte.: -93443-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el diferimiento sobre honorarios del 1/12/22.
CONSIDERANDO.
Conforme el diferimiento del 1/12/22, en función de lo dispuesto en el art. 31 ley 14.967 y el principio de proporcionalidad (esta cám.. sent. del 9/12/2020, 91679 “S., V. s/ Protección contra la violencia familiar ” L. 51 Reg. 651, entre otros), valuando la labor desarrollada ante la alzada por el letrado B. (v. trámite del 20/10/22 y del 8/2/23; art. 16) y la imposición de costas decidida (arts. 26 segunda parte, 68 del cpcc.), cabe escoger una alícuota del 30% para determinar su retribución (arts. 15, 16, 31 y concs. ley cit.).
Entonces, atento que el profesional no ha desarrollado actividad en la instancia inicial (v. trámites del 8/2/23) cabe determinar un hipotético honorario de primera instancia sobre el cual aplicar la alícuota escogida; para ello debe meritarse el tramo del proceso transitado, es decir desde el inicio de la causa 4/7/22 y hasta el dictado de la resolución apelada el 9/9/22, pues no surge que la causa haya concluido (v. trámites del sistema Augusta).
Así resultan 6 jus para Bertoldi por su labor ante Cámara (hipotético hon. prim inst. – 20 jus- x 30%).
Por ello, la Cámara RESUELVE:
Regular honorarios a favor del abog. B. en la suma de 6 jus.
Regístrese. Radíquese electrónicamente en el Juzgado de Paz

Letrado de Pehuajó. Encomiéndese la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967).

REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 02/03/2023 12:52:59 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 02/03/2023 12:53:49 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 02/03/2023 13:53:49 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 02/03/2023 13:54:55 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO

CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 02/03/2023 13:55:39 hs. bajo el número RR-99-2023 por TL\mariadelvalleccivil.
Registrado en REGISTRO DE REGULACIONES DE HONORARIOS el 02/03/2023 13:55:53 hs. bajo el número RH-15-2023 por TL\mariadelvalleccivil.

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