Fecha del Acuerdo: 14/12/2022

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz de Hipólito Yrigoyen
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Autos: “V., L. C. C/ V., M. E. Y OTRO S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (INFOREC 907)”
Expte.: -93543-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el recurso de apelación del 7/11/22 contra la regulación de honorarios del 27/6/22.
CONSIDERANDO:
Mediante la decisión del 27/6/22 el juzgado resolvió otorgar el Beneficio de Litigar sin gastos a L. C. V. y además reguló los honorarios de la abog. L. en carácter de Abogada del Niño en la suma de 12 jus (art. 15 de la ley 14.967).
Contra esta regulación de honorarios el representante del Fisco de la Provincia dedujo recurso de apelación por considerar elevados los honorarios regulados a favor de la letrada y expone en su escrito del 7/11/22 los motivos de su agravio (art. 57 ley cit.).
En el caso se trata de un beneficio de litigar sin gastos donde la abogada asistió a V. para que fuera eximida de costas a fin de iniciar demanda de Régimen de Comunicación y cuidado personal, y actuación en proceso de protección contra la violencia familiar,  contra sus progenitores (v. trámite del 27/11/20).
La causa transitó sin complejidad, se trató de un proceso completo, llevado con diligencia y donde obtuvo un resultado favorable, en un tiempo razonable y en la resolución apelada se hizo un detalle de las tareas llevadas a cabo por la profesional que llevaron a fijarle los 12 jus, las que no fueron cuestionadas por el letrado P. (arts. 15 y 16 de la ley 14.967).
Sin embargo, en ese contexto, parece adecuado fijar una suma de 10 jus en tanto más adecuado en relación a la tarea desempeñada por la abog. L. (arts. y ley cit., art. 34.4. cód. proc.).
Por todo ello, la Cámara RESUELVE:
Estimar el recurso del 7/11/22 y fijar los honorarios de la abog. L. en 10 jus.
Regístrese. Hecho, radíquese en el Juzgado de Paz de Hipólito Yrigoyen. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967).

REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 14/12/2022 10:28:10 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 14/12/2022 13:46:16 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 14/12/2022 13:52:35 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN

NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 14/12/2022 13:52:46 hs. bajo el número RR-954-2022 por TL\mariadelvalleccivil.
Registrado en REGISTRO DE REGULACIONES DE HONORARIOS el 14/12/2022 13:52:56 hs. bajo el número RH-153-2022 por TL\mariadelvalleccivil.

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