Fecha del Acuerdo: 11/5/2022

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Cámara de Apelación Civil y Comercial

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Autos: “ALVAREZ, JUAN NILO C/ CANDO, YAMILA S/QUEJA POR APELACION DENEGADA”

Expte.: -92985-

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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975

            AUTOS, VISTOS  Y CONSIDERANDO:  que las intimaciones de fecha  8/4/2022 y 28/4/2022 fueron notificadas el mismo día de su proveimiento, habiendo quedado perfeccionada la última notificación el día 29/4/2022, por lo que el plazo para acreditar la personería invocada o, en su caso, refrendar la presentación del día 4/4/2022 venció el  viernes 6/5/2022 -o, en el mejor de los casos, el 9/5/2022 dentro del plazo de gracia judicial- sin que se haya dado cumplimiento, la Cámara RESUELVE:

Hacer efectivo el apercibimiento del 28/4/2022 y tener por no presentado el escrito de fecha 4/4/2022 (arg. arts. 124 últ. párr., 352.4 y concs. cód. proc., 10 y 13 AC 4013 t.o. AC 4039).

Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, archívese.

                                     

 

REFERENCIAS:

Funcionario Firmante: 11/05/2022 12:10:02 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ

Funcionario Firmante: 11/05/2022 12:32:41 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ

Funcionario Firmante: 11/05/2022 12:48:10 – RIPA María Fernanda – SECRETARIO DE CÁMARA

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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN

NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS

Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 11/05/2022 12:48:30 hs. bajo el número RR-277-2022 por RIPA MARIA FERNANDA.

 

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