Fecha del Acuerdo: 18/2/2022

 

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n°1

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Autos: “GONZALEZ CAROLINA BEATRIZ C/ PARDO S.A. Y OTRO/A S/ TERCERIA MEJOR DERECHO (TRAM.SUMARIO)”

Expte.: -91567-

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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975

            AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: el escrito presentado por el abog. González Cobo con fecha 17/1/22 y  siendo exacto lo manifestado por el letrado por cuanto el abogado Mariangeli no sólo fue notificado mediante cédula electrónica  con fecha  3/9/2021 sino que además  recurrió sus honorarios por exiguos  el  2/9/2021, la CámaraRESUELVE:

Dejar sin efecto la providencia del 30/12/21 y pasar los autos para resolver sobre los recursos de fechas 26/8/21 y 2/9/21 contra la regulación de honorarios del 24/8/21, concedidos el 27/9/21 (art. 57 ley 14.967).

Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, sigan los autos según  su trámite.

                                                

                                     

 

REFERENCIAS:

Funcionario Firmante: 18/02/2022 12:23:25 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ

Funcionario Firmante: 18/02/2022 12:41:24 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ

Funcionario Firmante: 18/02/2022 12:52:18 – SOSA Toribio Enrique – JUEZ

Funcionario Firmante: 18/02/2022 13:08:11 – RIPA María Fernanda – SECRETARIO DE CÁMARA

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235600774002860019

 

CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN

NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS

Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 18/02/2022 13:08:45 hs. bajo el número RR-49-2022 por RIPA MARIA FERNANDA.

 

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