Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Familia
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Autos: “D., A., M. M. C/ U., E., S. Y OTRO/A S/FILIACION”
Expte.: -92569-
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Notificaciones:
Abog. Laura Graciela Belardinelli
27251905423@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR
Abog. Ricardo Eduardo Paso
20119957312@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: la resolución del 25/6/2021 y el recurso de apelación del 8/7/2021.
CONSIDERANDO.
La providencia simple del 25/6/2021 quedó notificada el día siguiente de nota, es decir, el día 29/6/2021, de suerte que el plazo para interponer apelación comenzó a correr el día 30/6/2021 (art. 133 cód. proc.), venciendo el 6/7/2021 o, en el mejor de los casos, el 7/7/2021 dentro del plazo de gracia judicial (arts. 124 últ. párr. y 245 cód. proc.).
Entonces, es extemporánea la apelación presentada electrónicamente recién el día 8/7/2021 a las 11:59:04 (arts. 124 y 155 cód. proc.).
Por ello, la CámaraRESUELVE:
Declarar inadmisible por extemporánea la apelación del 8/7/2021 contra la resolución del 25/6/2021.
Regístrese. Autonotífiquese (ats. 135.13 cód. proc. y 11 Ac 3845). Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Familia y devuélvase el expediente en soporte papel a través de personal judicial (art. 5.d.6.e.3.ii anexo de RC 655/20) sin oficio y haciendo las veces la presente de atenta nota (arg. arts. 34.5.e y 169 párrafo 3° cód. proc.). La jueza Silvia E. Scelzo no firma por encontrarse en uso de licencia.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 16/09/2021 12:19:00 – SOSA Toribio Enrique – JUEZ
Funcionario Firmante: 16/09/2021 12:45:25 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 16/09/2021 12:50:08 – RIPA María Fernanda – SECRETARIO DE CÁMARA
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235900774002762352
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 16/09/2021 12:50:29 hs. bajo el número RR-99-2021 por RIPA MARIA FERNANDA.