Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado de Paz de Tres Lomas
Autos: “SIERRA, NICOLAS ANDRES C/SIERRA, RAUL ADALBERTO S/INCIDENTE DE REMOCION DE ADMINISTRADOR EN AUTOS: CUESTA CASADO, CELIA PILAR S/SUCESION AB-INTESTATO”
Expte.: -91590-
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, en la fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975, celebran telemáticamente Acuerdo los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Silvia E. Scelzo, Toribio E. Sosa y Carlos A. Lettieri, para dictar sentencia en los autos “SIERRA, NICOLAS ANDRES C/SIERRA, RAUL ADALBERTO S/INCIDENTE DE REMOCION DE ADMINISTRADOR EN AUTOS: CUESTA CASADO, CELIA PILAR S/SUCESION AB-INTESTATO” (expte. nro. -91590-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de fecha 6/9/2021, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿es fundada la apelación del 9/8/2021 contra la resolución del 5/8/2021?.
SEGUNDA: según el informe de secretaría del 31/8/2021, ¿qué honorarios corresponde regular en cámara?
TERCERA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Para regular honorarios en favor del abogado F. U., P.,, el juzgado consideró que el incidente de remoción del administrador en un proceso sucesorio no es susceptible de apreciación pecuniaria y, meritando algunas de las pautas del art. 16 de la ley 14967 que mencionó, concluyó adjudicándole 7 Jus.
El beneficiario apeló “por ser los honorarios excesivamente bajos”. No obstante, con ellos no se infringe el mínimo legal (art. 22 ley 14967) y el interesado no indica cuál pudo ser el error in iudicando del juzgado, el cual tampoco se percibe como manifiesto (arts. 34.4, 266, 260 y 261 cód. proc.).
ASÍ LO VOTO (el 7/9/2021; puesto a votar el 6/9/2021).
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Por los mismos fundamentos adhiero al voto del juez Sosa (art. 266 del Cód. Proc.).
ASÍ VOTO.
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Por iguales fundamentos adhiero al voto del juez Sosa (art. 266 del cpcc.).
A LA SEGUNDA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Tomando como referencia los honorarios regulados en 1ª instancia y atento lo normado en los arts. 16 y 31 de la ley 14967, propongo los siguientes honorarios antes diferidos en 2ª instancia: abog. J. S. P.,: 1,75 Jus (22/10/2019; hon. 1ª inst. x 25%); abog. F. U., P.,: 2,1 Jus (11/11/2019; hon. 1ª inst. x 30%); aboga. Daniela Ferretti: 1,05 Jus (8/11/2021; hon. 1ª inst. x 30%).
ASÍ LO VOTO (el 7/9/2021; puesto a votar el 6/9/2021).
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Por los mismos fundamentos adhiero al voto del juez Sosa (art. 266 del Cód. Proc.).
ASÍ VOTO.
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Por iguales fundamentos adhiero al voto del juez Sosa (art. 266 del cpcc.).
A LA TERCERA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO: Corresponde:
a- desestimar la apelación del 9/8/2021 contra la resolución del 5/8/2021;
b- regular en cámara los honorarios expresados al ser votada la 2ª cuestión.
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Que adhiere al voto emitido en primer término al ser votada esta cuestión.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
a- desestimar la apelación del 9/8/2021 contra la resolución del 5/8/2021;
b- regular en cámara los honorarios expresados al ser votada la 2ª cuestión.
Regístrese. Autonotifíquese (art. 11 Anexo Único AC 3845) Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Paz Letrado de Tres Lomas. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967).
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 10/09/2021 12:10:55 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 10/09/2021 12:37:56 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 10/09/2021 12:44:13 – SOSA Toribio Enrique – JUEZ
Funcionario Firmante: 10/09/2021 13:42:41 – RIPA María Fernanda – SECRETARIO DE CÁMARA
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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE REGULACIONES DE HONORARIOS el 10/09/2021 13:43:03 hs. bajo el número RH-26-2021 por RIPA MARIA FERNANDA.
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 10/09/2021 13:43:23 hs. bajo el número RR-77-2021 por RIPA MARIA FERNANDA.