Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de General Villegas
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Libro: 52 - / Registro: 108
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Autos: “VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS C/ VILLAGRA ALICIA NOEMI S/ EJECUCION PRENDARIA”
Expte.: -92284-
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Abog. Lovaglio Rivas:23350566759@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR
Abog. Biolé:27206218989@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: los recursos de apelación de fechas 30/11/2020 y 14/12/2020, respectivamente, contra la sentencia del 27/11/2020.
CONSIDERANDO.
Tratándose de ejecución prendaria (v. escrito de demanda en archivo adjunto a l escrito electrónico del 8/1/2020 y providencia del 10/2/2021), el plazo para apelar la resolución que resuelve -como aquí- sobre las excepciones, es de dos días (art. 30 últ. párr. in fine d-ley 15348/46).
Ende, notificada la parte demandada el 2/12/2020 según la cédula soporte papel que se adjunta escaneada en archivo pdf el mismo día, el plazo para recurrir aquélla venció el 9/12/2020 o, en el mejor de los casos, el 10/12/2020 dentro del plazo de gracia judicial (arts. 30 antes citado y 124 últ. párr. cód. proc.), por manera que la apelación del 14/12/2020 es extemporánea y así debe declararse.
Por ello, la CámaraRESUELVE:
1- Declarar inadmisible por extemporánea la apelación del 14/12/2020 (arts. 30 d.ley 15348/46)
2- Pasar los autos para resolver el recurso del 30/11/2020 contra la sentencia del 27/11/2020 (art. 270 cód. proc.).
Regístrese. Hácese saber a las partes por secretaría mediante el depósito de una copia digital de la resolución en el domicilio electrónico constituido por las/os letradas/os intervinientes insertos en la parte superior.
Hecho, sigan los autos según su estado.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 18/03/2021 10:36:27 – SOSA Toribio Enrique – JUEZ
Funcionario Firmante: 18/03/2021 10:44:22 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 18/03/2021 11:43:22 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 18/03/2021 11:51:55 – GARCIA Juan Manuel – SECRETARIO DE CÁMARA
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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
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